Javier Sancho Durán

Trespass to land

Cuando se produce un daño que afecta a un bien mueble o inmueble, el derecho inglés permite iniciar una acción por negligencia, siempre y cuando concurran los requisitos de este tort. ¿Qué sucede si no se cumplen esos requisitos? Existen otras posibilidades. Por ejemplo, la protección de los derechos sobre bienes raíces corresponde a lo que en inglés se denomina land torts (actos ilícitos relacionados con derechos reales). Uno de ellos es el trespass to land, que en español correspondería a una perturbación de derechos reales consistente en la invasión de un dominio ajeno.

 

 

 

Índice

 

1. ¿Qué es el trespass to land?

La acción del trespass to land protege contra la intrusión en un inmueble que esté en posesión de otra persona. Lo que se protege es el derecho a excluir a un tercero de la finca. No es necesario que se ocasione un daño físico.

El término «land» no incluye solo la tierra en sí. La acción basada en el trespass to land también protege de cualquier invasión del espacio aéreo y el subsuelo.

Sin embargo, debe producirse una interferencia física directa. En caso contrario, estaríamos en el ámbito de otro land tort como podría ser el tort of nuisance (que regula, por ejemplo, las inmisiones).

¿Qué se entiende por interferencia física directa?

La idea de intrusión del trespass to land se entiende mejor si se repasan las situaciones más habituales que suelen considerarse como propias del ámbito de esta acción.

Pasa, pasa que no hay nadie

Sería un trespass to land invadir el límite de un inmueble ajeno sin permiso: acceder a un terreno, al jardín de una casa, a una vivienda o incluso meter un brazo o una pierna por una ventana o una puerta. ¡Malas noticias para los buscadores de setas!

De aquí no me echan ni con aceite caliente

También sería trespass to land acceder al inmueble con el permiso del propietario o de su ocupante legítimo, pero luego negarse a abandonarlo cuando este así lo solicita.

A ver qué hay en este cajón…

Otra situación que se hallaría en el ámbito de este tort sería acceder al inmueble con autorización, pero traspasar el alcance de ese permiso. Por ejemplo, entrar en un restaurante legítimamente, pero introducirse en espacios reservados al personal. O bien ir a cenar a casa de un amigo invitado por este, pero colarse en su habitación y cotillear lo que guarda en los cajones.

Dejo esto por aquí…

Por último, se incluirían dentro de este tort todas esas situaciones en que un objeto invade una propiedad ajena de forma directa: tirar objetos deliberadamente al patio del vecino, que un animal se escape y vaya a parar a cualquier propiedad privada, apoyar una bicicleta sobre una pared ajena, etc. Las invasiones indirectas suelen calificarse como private nuisance, que es un tort distinto que abordaré en otra entrada.

2. Requisitos: la intención

La intención es un elemento clave de este tort. La acción directa que provoca el trespass to land debe ser intencionada.

Esto no quiere decir necesariamente que se deba tener intención de cometer un acto ilícito. No es necesario ser consciente de que la invasión de la propiedad ajena sea un acto antijurídico y mucho menos de que sea un trespass to land. Basta con haberla invadido de forma voluntaria.

Además, los tribunales consideran que concurre este elemento volitivo incluso en situaciones en que lo que hay en realidad es un dolo eventual. Por ejemplo, en League Against Cruel Sports v Scott (1985) se consideró que la invasión de las tierras del demandante por parte de unos perros era intencionada. En realidad, se trataba de perros de caza que se habían salido de las tierras en que se realizaba la caza, pero el mero hecho de utilizar estos animales de forma recurrente sin prever medios para evitar que se extraviaran fue suficiente para considerar que la acción era intencionada.

3. Trespass ab initio

Existe una modalidad especial de trespass to land que recibe el nombre de trespass ab initio.

Cuando alguien accede a un inmueble ajeno amparado en una disposición legal (ya sea de derecho escrito o de common law) debe atenerse a lo que se prevé en esa disposición. Si se superan los límites permitidos, el acceso podría considerarse un trespass to land desde el principio, es decir, de forma retroactiva. Es lo que se denomina trespass ab initio.

El trespass ab initio es una doctrina jurisprudencial que nació en el proceso conocido como The Six Carpenters (1610). Seis carpinteros entraron en un establecimiento y realizaron una consumición que pagaron. Luego pidieron una segunda y se negaron a pagarla. El tribunal consideró que, aunque no se hubiera producido un trespass to land desde el principio, de haberse cometido un acto ilegal, habría tenido que condenarlos tanto por el acto ilegal como por el trespass to land de forma retroactiva.

 

4. El trespass to land como delito penal

Esta entrada forma parte de un bloque de artículos del blog dedicados al tort law, así que no abordo el trespass desde la perspectiva penal. A pesar de ello, tanto el trespass to land como el nuisance pueden tener también consecuencias penales, como otros torts. Así pues, el collective trespass or nuisance on land están regulados en el artículo 61 del Criminal Justice and Public Order Act 1994.

5. La perturbación de derechos reales en España

En España, en el ámbito civil, la protección de la propiedad se regula en el artículo 348 del Código Civil, que reconoce el derecho a gozar y disponer libremente de los bienes que se poseen sin más limitaciones que las previstas en las leyes. Desde el punto de vista procesal, seguramente se debería aplicar el art. 250.1.7.º LEC (para los derechos reales inscritos) o el 250.1.4.º LEC (para el resto de derechos no inscritos, no necesariamente reales). En el caso de los derechos reales inscritos, el artículo 440.2 LEC —en relación con el citado 250.1.7.º LEC— equipara la incomparecencia del demandado a la vista con el allanamiento del 21 LEC.

En el derecho penal, seguramente habría que buscar un equivalente entre los delitos contra el patrimonio y, en concreto, en la usurpación del artículo 245 y siguientes del Código Penal. Estos delitos sancionan la ocupación de inmuebles o la usurpación de derechos reales. No entro en más detalle, entre otros motivos, porque tengo preparado un artículo sobre el delito de ocupación que publicaré más adelante.

Tampoco está de más recordar que el allanamiento de morada del artículo 202 CP y siguientes es un delito contra la intimidad personal y la inviolabilidad del domicilio y no un delito contra el patrimonio. Por tanto, estaría doblemente alejado del trespass to land como tort: primero, por su carácter penal y, segundo, por proteger un bien jurídico distinto.

 

Fuentes

DÍEZ-PICAZO, Luis. Derecho de daños. Madrid: Civitas Ediciones, 1999.

HORSEY, Kirsty; RACKLEY, Erika. Tort Law. 3.ª edición. Oxford: Oxford University Press, 2013.

MONTERO AROCA, Juan; GÓMEZ COLOMER; Juan Luis, BARONA VILAR, Silvia; CALDERÓN CUADRADO, María Pía. Derecho jurisdiccional II. Proceso civil. Valencia: Ed. Tirant lo Blanch (24.ª edición), 2016.

 

Imágenes

Jacob Ufkes, Rudi Strydom, Art Wave, Pete Hardie, Marivi Pazos.

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