Hace unos días, la periodista Elia Gonzalo se encontró un gusano vivo dentro del embalaje de un polvorón. Es la excusa perfecta para recordar una anécdota similar que revolucionó el derecho de daños inglés (y escocés). El intruso en aquella ocasión no fue un gusano, sino un caracol, que tuvo la mala fortuna de colarse en la botella de un refresco tan inglés como la cerveza de jengibre. Estoy haciendo referencia a Donoghue v Stevenson, también conocido como el caso del caracol en la botella.
@Confectionary_H no van a retirar de tiendas el lote con GUSANOS?! ningún interés x saber cuál es! @Saborea_Navidad pic.twitter.com/ppwPQOBY5Z
— Elia Gonzalo (@elia_gonzalo) December 26, 2016
Los hechos de Donoghue v Stevenson (1932)
La señora Donoghue había quedado con un amigo en una cafetería de Paisley, una ciudad situada cerca de Glasgow. Habían pedido unas botellas de cerveza de jengibre que ya habían empezado a beber. En un momento dado, el acompañante de la señora Donoghue le rellenó el vaso y ambos observaron cómo salían, del cristal opaco de la botella de cristal, los restos de un caracol en proceso de descomposición. A causa de esta desagradable experiencia, la señora Donoghue cayó enferma y decidió presentar una demanda.
Con arreglo al derecho de la época (véase Winterbottom v. Wright, más abajo, y lo comentado sobre la privity of contract en una entrada anterior), la señora Donoghue lo tenía muy complicado. Recordemos que la botella la había comprado su acompañante. No podía demandar al dueño del establecimiento, ya que no existía una relación contractual entre ellos. Tampoco había ninguna relación jurídica que la relacionara de forma directa con el fabricante del refresco.
Con arreglo a esta sentencia, el fabricante de un producto no debe responder por los daños provocados a terceros, aunque dichos terceros sean los usuarios finales. Únicamente es responsable ante el comprador.
La demanda llegó hasta la Cámara de los Lores, el tribunal supremo del Reino Unido en aquel momento. Contra todo pronóstico, los magistrados decidieron que debía admitirse y devolvieron el proceso al tribunal de primera instancia competente para que lo juzgara. Al final, las partes llegaron a un acuerdo extrajudicial por lo que ningún tribunal llegó a pronunciarse sobre el fondo del asunto. A pesar de ello, Donoghue v Stevenson se considera una de las resoluciones más importantes del derecho anglosajón.
Las consecuencias de Donoghue v Stevenson
El precedente de Donoghue v Stevenson tuvo una enorme trascendencia para el common law. A partir de esta decisión judicial, nace la negligencia en sentido moderno. Es más, con el tiempo, adquiere tanta fuerza que se convierte en el centro del derecho de daños anglosajón y desplaza otros ilícitos civiles del tort law mucho más antiguos.
En concreto, pueden destacarse las siguientes consecuencias:
1) Como efecto más inmediato, la Cámara de los Lores amplía la responsabilidad extracontractual a los productos destinados a ser empleados por el usuario final en formatos que impidan que este los examine previamente.
2) Donoghue v Stevenson otorga a los tribunales potestad para reconocer la existencia de responsabilidad civil en situaciones que no son análogas a las contempladas en sentencias anteriores. En palabras de Lord Macmillan, en Donoghue v Stevenson, «the categories of negligence are never closed».
3) Desde una perspectiva más general, puede afirmarse que, con este precedente, se establece por primera vez una obligación general de evitar daños previsibles.
La sentencia se dicta en un momento en que la sociedad de consumo inicia su expansión. Era fundamental reconocer la responsabilidad de los fabricantes ante los daños provocados por sus productos. Hasta aquel momento, los tribunales no permitían, salvo en casos excepcionales, exigir ningún tipo de compensación si no existía una relación contractual directa entre las partes. Con Donoghue v Stevenson la negligencia, como tipo de tort, inició una expansión sin precedentes sin la que no se puede entender el posterior desarrollo del derecho de responsabilidad extracontractual inglés.
Donoghue v Stevenson y la cultura de la compensación
De hecho, en cierto modo, el debate sobre el alcance de la negligencia y del derecho de daños continúa. Antes de Donoghue v Stevenson, la negligencia tenía un carácter residual. En la actualidad, el desarrollo de esta categoría de tort ha sido tal que algunos sectores de la doctrina anglosajona reivindican, desde hace décadas, una reforma. Se quiere limitar con ella el alcance de la responsabilidad civil extracontractual. Entienden que su sistema jurídico invita a reclamar por daños incluso en situaciones en las que nadie, salvo el propio afectado, debería soportarlos. Ello tiene un efecto disuasorio que impide que se asuman riesgos que podrían ser beneficiosos para la sociedad en su conjunto. Es lo que los detractores de la situación actual denominan cultura de la compensación o compensation culture.
Fuentes
GOLDBERG , John C.P.; ZIPURSKY, Benjamin C. The Oxford introductions to U.S. law. Torts. Nueva York: Oxford University Press, 2010.
HORSEY, Kirsty; RACKLEY, Erika. Tort Law. 3.ª edición. Oxford: Oxford University Press, 2013.
LUNNEY,Mark; OLIPHANT, Ken. Tort Law.Text and materials. 5.ª edición. Oxford: Oxford University Press, 2013.
Imágenes
Rhianon Lassila, Aidan Meyer, Ludde Lorentz