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En el common law, la doctrina del precedente otorga un valor vinculante a la jurisprudencia. El principio del stare decisis («observar lo que se ha decidido») obliga a los tribunales a ser coherentes con las sentencias anteriores cuando se juzgan casos similares, como ya comenté al tratar sobre los obiter dicta y las ratio decidendi. Por este motivo, la doctrina del precedente tiende a ser excesivamente rígida si se aplica a rajatabla. Esto explica que existan mecanismos que la flexibilizan: son las técnicas conocidas como distinguishing, reversing y overruling. Para entender mejor lo que suponen, no obstante, creo que conviene repasar antes cuáles son las principales ventajas e inconvenientes de la doctrina del precedente.
Ventajas de la doctrina del precedente
Los partidarios de la jurisprudencia vinculante destacan las siguientes ventajas:
- Las decisiones de los tribunales derivadas de un precedente son predecibles. Esto permite que los abogados asesoren a sus clientes sobre la viabilidad de sus pretensiones basándose en sentencias anteriores.
- Las decisiones de los tribunales son coherentes. Dado que están obligados a basar sus resoluciones en las sentencias anteriores, es más probable que traten de la misma manera a todo el mundo siempre que las circunstancias sean equiparables.
- En relación con el punto anterior, la jerarquía de los tribunales también contribuye a uniformizar las resoluciones judiciales dictadas por los distintos tribunales locales.
- Los tribunales no tienen que estudiar cada caso que les llega partiendo de cero. Si existe una sentencia anterior, deben aplicar la misma solución, lo que supone un ahorro considerable de tiempo y de esfuerzo.
Desventajas de la doctrina del precedente
Sus críticos, en cambio, hacen hincapié en lo siguiente:
- La doctrina del precedente obliga a los jueces anglosajones a basarse, a veces, en resoluciones muy antiguas. Esto impide que la jurisprudencia avance al mismo ritmo que la sociedad y favorece la fosilización del derecho. Además, no se puede cambiar la jurisprudencia hasta que llega otro caso similar al tribunal adecuado, por lo que pueden transcurrir años hasta que los jueces tienen la oportunidad de dictar una sentencia que establezca una jurisprudencia distinta. Como he comentado, existen mecanismos para apartarse de la jurisprudencia. En ese caso, sin embargo, lo que se critica es que los jueces intervienen demasiado en la evolución del derecho, lo que elimina, en parte, la separación de poderes, que, de todos modos, nunca es absoluta.
- Litigar no es barato. La evolución de la jurisprudencia está a merced de las clases pudientes que tienen los medios necesarios para litigar. Es una línea argumental similar a la que se utilizó en España a raíz del último aumento de las tasas judiciales, por lo que a muchos os resultará familiar.
- Basar un sistema jurídico en la jurisprudencia aumenta su complejidad. Cada año se dictan centenares de resoluciones y no resulta sencillo encontrar el precedente aplicable al caso concreto. Asimismo, la jurisprudencia es mucho más proclive a introducir matices que las leyes, por lo que la comprensión del derecho resulta menos accesible, incluso para los propios juristas.
Distinguishing, reversing y overruling
Como se ha comentado más arriba, en la práctica, se emplean una serie de técnicas que permiten aplicar la doctrina del precedente de una forma más flexible. Son las que se detallan a continuación: distinguishing, reversing y overruling.
1. Distinguishing
La primera técnica, conocida como distinguishing, consiste en analizar el relato fáctico de la resolución anterior y determinar si verdaderamente coincide con los hechos del proceso sobre el que se debe dictar sentencia. En el caso de que el juez considere que tiene motivos para dictar una resolución distinta, deberá identificar los hechos concretos que son diferentes en el proceso actual, a pesar de las analogías que puedan existir. Se trata de un mecanismo muy útil, ya que permite a los jueces impulsar cambios en el derecho, adaptarlo a las nuevas circunstancias y evitar, por tanto, que la jurisprudencia quede anclada en el pasado y totalmente desconectada de la realidad. No obstante, también implica que se dicten sentencias distintas ante situaciones muy similares, lo que aumenta la complejidad del sistema y contribuye a que las decisiones judiciales no siempre sean del todo previsibles.
2. Reversing
Otro mecanismo que permite que el derecho anglosajón evolucione es el reversing. La doctrina del precedente no sería viable si los tribunales no estuvieran organizados jerárquicamente. El número de resoluciones es tan elevado que sería difícil localizar el precedente adecuado. Por este motivo, todos los órganos judiciales están obligados a seguir la jurisprudencia de los tribunales de un rango jerárquico superior, pero no la de los órganos inferiores. Los tribunales de apelación también deben ser coherentes —por regla general— con las sentencias que ellos mismos han dictado.
De este modo, en el caso de que la parte que pierda el juicio interponga un recurso contra la resolución judicial, el tribunal de apelación podrá dejar sin efecto la sentencia del tribunal inferior. Esta nueva sentencia no solo será aplicable al proceso concreto, sino que dará lugar a un nuevo precedente que deberá observarse en las resoluciones que se dicten a partir de ese momento. Este mecanismo recibe el nombre de reversing.
3. Overruling
Existe otra técnica muy similar a la anterior, que se denomina overruling. Tal y como se acaba de explicar, en el reversing, se deja sin efecto la decisión de un tribunal inferior en el mismo proceso, a través de una apelación. En cambio, en el overruling, se modifica el precedente en un proceso posterior (con otras partes, otro objeto, etc.). Solo dos tribunales pueden aplicar el overruling: el Tribunal de Apelación (Court of Appeal) y el Tribunal Supremo (Supreme Court).
Fuentes
Huxley-Binns, Rebecca y Martin, Jacqueline. Unlocking the English Legal System (4th edition). London & New York: Roudledge, 2014.
De Prada Rodríguez, Mercedes y Muñoz Rojo, Roberto. El proceso civil inglés. Colección Estudios de Derecho Procesal Penal. Granada: Comares, 2014.